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Formularios 310 y 350: modificaciones a tener en cuenta

Entre los formularios prescritos mediante la Resolución 000013 de marzo 3 de 2017 se encuentran los formularios 310 y 350, a continuación, presentamos las novedades más importantes que se observan en estos.

Novedades del formulario 310 para declaraciones del INC durante 2017

Al comparar la nueva versión del formulario 310 que se usará para las declaraciones bimestrales del Impuesto Nacional al Consumo –INC– en el 2017 frente al formulario 310 para las declaraciones bimestrales de ese mismo impuesto durante el 2016, se evidencian novedades como:

  1. En los renglones 32 y 39 del nuevo formulario 310 se solicitará informar el valor base del impuesto y el impuesto generado para las operaciones correspondientes a la venta de productos transformados a partir del cannabis. En estas ventas se deberá generar un INC del 16 %, según lo establecido en los nuevos artículos 512-17 a 512-21 del ET. Hay que destacar que si durante el bimestre se producen devoluciones en ventas, se entendería que en los renglones del formulario 310 donde se pide reportar los valores base del impuesto se tendrían que reportar los valores de las ventas netas. Asimismo, en los renglones donde se pide reportar el impuesto generado se reportaría el valor del impuesto generado neto.

  2. Se agregaron los renglones 40 hasta 49 donde se tendrán que discriminar las “cantidades de bolsas plásticas” y el respectivo valor del INC que se deberá cobrar sobre estas. Los únicos responsables de cobrar el INC sobre las bolsas plásticas son las personas naturales y/o jurídicas que pertenezcan al régimen común del IVA.

Novedades del nuevo formulario 350 para el período de marzo 2017 en adelante

“El valor base de dichas autorretenciones y la respectiva autorretención serán luego reportadas en los nuevos renglones 42 y 66 que se le diseñaron al formulario 350.”Tweet This

Al comparar el formulario 350 prescrito con el artículo 9 de la Resolución 000006 de febrero 3 de 2017 frente al nuevo formulario 350 prescrito con la Resolución 000013 de marzo 3 de 2017, que se utilizará para las declaraciones mensuales de retenciones y autorretenciones en la fuente de los períodos de marzo de 2017 en adelante se observa que:

  1. En las casillas 87 y 88 del nuevo formulario 350, el declarante tendrá que informar el código de actividad económica y la tarifa con la cual se practicaron durante el respectivo mes las nuevas autorretenciones especiales a título de renta y complementario, establecidas en el parágrafo 2 del artículo 365 del ET. El valor base de dichas autorretenciones y la respectiva autorretención serán luego reportadas en los nuevos renglones 42 y 66 que se le diseñaron al formulario 350.

  2. Entre los renglones 27 a 41 y 51 a 65 se seguirá solicitando informar los valores base y las retenciones a título de renta que se hayan practicado a los beneficiarios domiciliados en Colombia. De igual forma, en los renglones 27 y 28 ya no se solicita informar los valores bases por pagos a empleados, sino los valores base por conceptos de rentas de trabajo o por concepto de pensiones. Por otra parte, en los renglones 34 y 58 se solicitará que se informe el valor base y la respectiva retención en la fuente cuando se realicen pagos por concepto de regalías y explotación de la propiedad intelectual.

  3. Entre los renglones 42 a 48 y 66 a 72 se solicitará informar tanto el valor base como el valor de las respectivas autorretenciones a título de renta. Al respecto, en el formulario 350 prescrito para enero y febrero de 2017, los renglones 69 a 74 solo permitían reportar el valor de las respectivas autorretenciones, pero no existían renglones para reportar el valor base de las mismas.

  4. Entre los renglones 49 a 50 y 73 a 74 se solicitará informar tanto el valor base como el valor de las respectivas retenciones en la fuente que se hayan practicado a terceros domiciliados en el exterior. La sumatoria de las retenciones realizadas por cada concepto se reflejará en las nuevas casillas 95 y 96 de cada página de la hoja 2.

  5. En el nuevo formulario 350 ya no se solicitará información sobre retenciones de IVA asumidas en operaciones con personas naturales del régimen simplificado. En el formulario 350 que se prescribió para enero y febrero de 2017 la instrucción del renglón 78 indica que durante estos meses no se debe diligenciar dicho renglón, pues el numeral 4 del artículo 437-2 del ET fue derogado, eliminando desde enero 1 de 2017 practicar este tipo de retenciones.


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